Ya no será obligatorio que jueces atiendan opiniones sobre derechos humanos de la Corte IDH al emitir sentencias: SCJN

Si de por sí el Gobierno mexicano sólo ha atendido el cinco por ciento de 80 recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en diferentes temas en los últimos nueve años -2015 a 2023-, ahora los jueces mexicanos no estarán obligados a integrar sus opiniones consultivas para emitir sentencias y solamente serán una “orientación” si su criterio personal les dicta que benefician a las personas, como lo determinó este lunes el voto mayoritario del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)

Este lunes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por mayoría de votos (ocho contra dos) determinó que las opiniones consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) no son vinculantes (obligatorias) para formar parte de las sentencias que emitan los jueces mexicanos, pero las usarán como orientadoras si consideran que aseguran la protección de los derechos humanos.

Los ministros por primera vez analizaron las opiniones consultivas de la Corte IDH en una contradicción de criterios de dos Tribunales Colegiados de Circuito del país y llegaron a la conclusión que sirven para asegurar la protección de los derechos humanos de las personas de los países integrantes del organismo internacional en el Continente americano.

Jueces podrían omitir dictámenes de la Corte IDH que protejan a los mexicanos

Los ministros Javier Laynez Pontisek y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena fueron los que votaron en contra de la propuesta del Pleno de la SCJN porque podría provocar que los jueces omitan dictámenes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que garanticen la protección de las personas.

“Lo que a mi me preocupa es señalar, que estos criterios, que estas resoluciones, insisto, jurisdiccionales de la Corte Interamericana, en ejercicio de su competencia consultiva no sean vinculantes, lo que propicia es que los operadores jurídicos no vayamos obligatoriamente a analizar qué es o cuál es la interpretación del órgano competente de nuestra constitución para interpretar los tratados internacionales en materia de derechos humanos”, subrayó Laynez Pontisek.

Por su parte, Ortiz Mena expresó que “es un deber deliberativo con la Corte Interamericana en el que los jueces y jueces mexicanos se encuentran obligados a dialogar con ella (…), la opinión consultiva es un piso mínimo obligatorio a partir del cual el juez con base en el principio pro persona puede decantarse por una interpretación que aporte un mayor beneficio, pero no por una más restrictiva”.

Contradicciones de los ministros que votaron a favor

Para los ministros que votaron a favor, las opiniones consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) sí tienen relevancia jurídica, pero son criterios interpretativos.

“La propuesta señala que este tribunal pleno reconoce la relevancia jurídica de esas opiniones y reafirma que pueden fungir como criterios interpretativos en la medida en que sean progresivos y benéficos para las personas”, según el ministro Jorge Pardo Rebolledo.

El ministro Luis González Alcántara Carrancá, a favor, defendió que las opiniones consultivas de la Corte Interamericana no son vinculantes para el Estado mexicano, pero sí deben ser tomadas como “un piso mínimo” por los juzgadores en México porque sí cuentan con relevancia jurídica.

La ministra Lenia Batres, también a favor del proyecto, argumentó que las opiniones de la CorteIDH pueden incorporarse con carácter obligatorio al derecho mexicano a través de la vía internacional, siempre y cuando su determinación sea más favorable para las personas; y la segunda, por vía nacional, cuando la Suprema Corte incorpore dichas opiniones en sus precedentes obligatorios.

“Sin embargo, la incorporación de las opiniones consultivas emitidas por la Corte Interamericana al derecho mexicano vía internacional o nacional deben llevarse a cabo siempre y cuando no contravengan un precepto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues sigue siendo este el ordenamiento que rige el sistema jurídico nacional”, dijo.

Sólo cinco por ciento de 80 recomendaciones de la Corte IDH se han cumplido en nueve años

De acuerdo con los datos del informe 2022 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de 80 recomendaciones que realizó a México en distintos temas desde 2015, el Gobierno mexicano ha cumplido totalmente cuatro de ellas (cinco por ciento); parcialmente 48 (60 por ciento); parcialmente en la parte sustancial siete (9 por ciento) y otras 21 (26 por ciento) no se han cumplido.

Las cuatro recomendaciones cumplidas totalmente son con relación al tema de Seguridad Ciudadana, adoptar una Ley Nacional sobre Uso de la Fuerza; en Pueblos Indígenas, la garantía de disponibilidad de personas traductoras de los servicios de justicia.

Respecto a las cárceles, se ha cumplido la recomendación de asegurar que la Ley Nacional de Ejecución Penal incluya los estándares internacionales que garanticen los derechos de las personas privadas de la libertad con énfasis en un debido proceso penal y reinserción social.

La cuarta recomendación cumplida totalmente fue en el tema de Tortura, ahí se solicitó que en la respectiva ley se excluyera pruebas y confesiones obtenidas mediante actos de tormento y que la parte acusadora debía probar la licitud de la prueba.

Las 48 recomendaciones cumplidas parcialmente tiene que ver con el acceso a la justicia, con ocho de 10.

Así como siete de 10 recomendaciones cumplidas parcialmente en el tema del Mecanismo de Protección para personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.