Mineras, totalmente opacas; no reportan accidentes o decesos laborales

De las utilidades obtenidas de esa explotación, ni se diga: las mineras sólo están obligadas a pagar leves impuestos, menos de diez pesos por cada millón de pesos que se logran en utilidades, siempre y cuando la minera en cuestión declare ante la Secretaría de Hacienda que durante el periodo a declarar sostuvo algún tipo de utilidad. Cuando hay pérdidas —lo que es imposible en la industria minera— no existe obligación de pago

No hay estadísticas oficiales, pero el recuento de los medios de comunicación de las zonas en las que se asientan todas las mineras del país, revela que entre 2014 y 2023 han sido al menos 895 los trabajadores que han perdido la vida en una mina.

En la mayoría de los casos los siniestros han ocurrido a causa de las condiciones de inseguridad que prevalecen dentro de los complejos extractivos; los más comunes son explosiones o derrumbes de túneles.

En todos los casos de muerte de mineros, que han sido calificados por los propios medios de comunicación como “accidentes laborales”, los deudos recibieron compensaciones económicas que van de 100 mil a 250 mil pesos, como pago del seguro de vida que han logrado los sindicatos.

La mayoría de las familias de mineros muertos dentro de su área de trabajo subsisten con una pensión que va de 2 mil 870 a 5 mil 330 pesos mensuales, que otorga el IMSS.

En todos los casos las mineras no hicieron mayor aportación que el llamado “gasto de marcha”. Ninguna de las mineras sigue pagando pensiones. Ese es un renglón que le corresponde cubrir al gobierno federal por medio del IMSS.

Sólo en el caso de Pasta de Conchos, en Coahuila, las viudas de los trabajadores recibieron una compensación por encima de la establecida en los seguros de vida, considerada en el contrato colectivo de trabajo.

Las Viudas de Nueva Rosita recibieron un bono compensatorio por la pérdida de sus esposos que fue tasado en 750 mil pesos, y reciben una pensión de apenas 2 mil 500 pesos mensuales.

Según datos de la Secretaría del Trabajo federal, en los últimos cinco años se han registrado 73 accidentes de trabajo dentro de las minas que operan en México, pero el recuento de los medios de comunicación indica que entre 2014 y 2016, en todo el territorio nacional se registraron al menos 189 accidentes laborales.

Si bien es cierto que no todos cobraron víctimas fatales, también resulta que en esos hechos hubo por lo menos mil 380 lesionados, principalmente intoxicados con gases naturales o vapores de compuestos químicos utilizados dentro de las minas o en las plantas de procesamiento fino para la extracción de oro, plata, cobre o zinc.

Tampoco los sindicatos mineros del país, el Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, que lidera Napoleón Gómez Urrutia; y el Nacional Minero Metalúrgico, una escisión del anterior, que encabeza Carlos Pavón Campos, han podido señalar cuántas han sido las victimas que se han registrado dentro de las minas, al menos en los dos últimos años.

Siempre se alude a que esa cifra es manejada directamente por la Secretaría del Trabajo, donde ni siquiera existe la posibilidad de conocer cuáles han sido las principales minas que han registrado mayor cantidad de accidentes, al menos de los que se hayan conocido dentro de esa dependencia federal, porque la mayoría de los accidentes nunca son reportados por las empresas trasnacionales.

Por eso las empresas mineras de todo el mundo, principalmente las canadienses, estadounidenses y chinas, que son las que mantienen el control de más de 97% de los proyectos extractivos en el país, ven a México como un paraíso para sus actividades:

No hay una legislación que las obligue a la transparencia ni a la rendición de cuentas, ni aun en los casos, como el de Pasta de Conchos, donde hay vidas de por medio.

Sumado a la facilidad con la que se pueden omitir datos de interés social y ocultar accidentes ante los ojos del gobierno federal, la legislación vigente les otorga a las mineras todas las ventajas económicas que puedan solicitar para hacer de la extracción de minerales el mejor de los negocios.

Baste observar que, a la fecha, el marco jurídico que plantea la Reforma Energética que no ha sido modificado por la 4T, posibilita a las empresas mineras a realizar pagos casi simbólicos por la explotación de la tierra, los que se tasan entre 6.70 y 173.38 pesos por hectárea a explotar.