Hoy se vota propuesta de reforma al Poder Judicial
La propuesta contenida en el paquete de reformas constitucionales, enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador el 5 de febrero de 2024, relacionada con el Poder Judicial, será votada hoy por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, alrededor de las 11 de la mañana.
A pesar de que los trabajadores del Poder Judicial se encuentran en paro de labores desde el miércoles 21 de agosto con el propósito de exigir diálogo con el Poder Legislativo y el Ejecutivo, la convocatoria prevista para el 26 de agosto sigue en pie.
¿Qué se pretende cambiar en el Poder Judicial?
Según la propuesta enviada por Andrés Manuel López Obrador, el cambio más radical es la sustitución del concepto de “asignación” por el de “elección” en la designación de servidores públicos del Poder Judicial. La propuesta pretende someter la elección de los jueces a voto popular.
Según el texto presentado por el presidente, el objetivo de esta reforma es aumentar la participación de la ciudadanía en las decisiones de los Poderes de la Unión. El presidente argumenta que, al momento de designar jueces, se necesitan consideraciones que vayan más allá de las establecidas actualmente en la Constitución. Además de las capacidades técnicas de los aspirantes, sostiene que es crucial evaluar “su solidez ética y moral, así como su sensibilidad y cercanía con las problemáticas y preocupaciones de la sociedad.”
Uno de los ejemplos recurrentes que utiliza López Obrador para apoyar la selección de jueces por voto popular es el sistema judicial de los Estados Unidos. Sin embargo, el presidente a menudo omite un aspecto que sí se menciona en la propuesta de reforma enviada al Congreso: en los Estados Unidos “existe una superposición en la organización judicial”, lo que da lugar a la coexistencia de un sistema judicial federal y otro estatal.
En el mismo texto, se menciona que “los jueces federales y los de la Corte Suprema son nombrados directamente por el presidente con el consentimiento del Senado”. Sin embargo, en la designación de jueces estatales, el modelo de elección mediante voto popular prevalece solo en 39 de los 50 estados federados. Además, se detallan tres tipos de sistemas de elección en estos estados: la elección partidista, la elección no partidista y las elecciones de retención.
Otro ejemplo que utiliza AMLO es el de Bolivia, que desde 2009 designa al Tribunal Supremo de Justicia, al Tribunal Constitucional Plurinacional, al Tribunal Agroambiental y al Consejo de la Magistratura mediante voto popular.
Es relevante considerar lo señalado por el politólogo y máster en estudios latinoamericanos por la Universidad de Salamanca, Josafat Cortez Salinas, quien afirma sobre el caso de Bolivia que “vulnerar el Poder Judicial es una práctica recurrente en la región, no solo durante el presidencialismo, sino también en contextos democráticos, empleando tanto tácticas formales como informales para influir en la corte.”
Uno de los motivos por los que Evo Morales pudo ser reelegido por tercera vez en 2014, a pesar de que las leyes bolivianas solo permiten dos periodos presidenciales, fue la inestabilidad del Tribunal Constitucional y de la Suprema Corte, aunado al método de elección de jueces a través del sufragio, siendo que los magistrados que recientemente habían llegado al cargo por medio de las elecciones respaldaron a Morales, de acuerdo al texto de Cortez Salinas.
Reducciones y desapariciones
La propuesta de reforma pretende la disminución del número de integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de 11 ministros a nueve y la cantidad de años que los ministros y ministras duren en el cargo será de 12, tres años menos que en la actualidad. Esto último se realizaría con el objetivo de emparejarlo con el periodo máximo de otros cargos como diputados federales o senadores
También se pretende eliminar las dos salas de la SCJN, cada una compuesta por cinco ministros, para que sea el Pleno (el total de los ministros, que podría ser de nueve si la reforma se aprueba) quien conozca y delibere sobre todos los asuntos que lleguen al máximo tribunal.
El caso del Consejo de la Judicatura Federal
La propuesta de reforma también incluye la modificación de varios artículos de la Constitución que se refieren a las facultades y atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal (CJF). Este consejo sería eliminado y reemplazado por dos nuevos órganos: el de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial.
Supuestamente, la ventaja de esta propuesta sería otorgar al Tribunal de Disciplina Judicial una mayor independencia técnica y de gestión para emitir resoluciones. Además, el tribunal estaría compuesto por cinco miembros electos a nivel nacional por los ciudadanos.
El Tribunal de Disciplina Judicial estaría facultado para conocer, investigar y sancionar responsabilidades administrativas y conductas que atenten contra los principios de “excelencia, profesionalismo, objetividad, imparcialidad e independencia” de los ministros de la SCJN, los magistrados de circuito, los jueces de distrito y el personal del Poder Judicial de la Federación.