En México, no se han eliminado los esquemas fraudulentos de outsorcing laboral
La Secretaría del Trabajo en 2024 inspeccionará una lista de 32 mil empresas para conocer si se están cumpliendo las disposiciones legales en materia de subcontratación laboral
Con la reforma a la Ley Federal del Trabajo de 2021, en nuestro país se prohibió la subcontratación laboral o outsorcing, que se entiende, por una parte, cuando empresas contratistas externas en realidad son las tienen la relación formal de empleo de los trabajadores, así como las tareas asignadas y su supervisión, con lo que se evade la legislación laboral y la protección total de los mismos, como las aportaciones completas de seguridad social ante el IMSS y sus cotizaciones en salarios reales. Por otra, que proveedores externos produzcan bienes o presten algún servicio, ahorrándoles costos a las compañías.
“A partir de la década de 1980, la subcontratación ha sido una práctica extendida en el contexto del neoliberalismo y la globalización”, señaló Redi Gomis Hernández, profesor-investigador de El Colegio de la Frontera Norte, en la conferencia Subcontratación en México: resultados e interrogantes a dos años de la reforma, ofrecida dentro del Seminario de Estudios del Trabajo y Desarrollo Social de la Facultad de Economía de la UNAM.
De acuerdo con la entonces secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde, en 2020 en México existían 2.9 millones de trabajadores bajo algún esquema de subcontratación ilegal laboral.
Los logros de dicha reforma a la Ley Federal del Trabajo en 2021 fueron elevadas multas y penas de cárcel para las empresas que incurran en violaciones a las nuevas regulaciones.
Por ejemplo:
- Hasta 4.5 millones de pesos a quienes operen o subcontraten servicios de empresas que no estén registradas en el Padrón Público de Contratistas de Servicios u Obras Especializadas.
- Prisión a quienes utilicen esquemas simulados de outsorcing e insourcing (crear diferentes razones sociales dentro de las empresas para poder llevar la nómina), porque será considerado como defraudación fiscal, delito que se castiga con cárcel.
Asimismo, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) estará facultado para reportar de manera directa a la STPS el incumplimiento de las obligaciones de las empresas del sector. Las empresas que se asuman como patrones del personal del personal subcontratado tendrán que reconocer sus derechos laborales y su periodo de antigüedad. El reparto de utilidades tendrá como límite máximo el equivalente a tres meses de salario o el promedio recibido en los últimos tres años, lo que resulte más alto.
No obstante, en las empresas mexicanas prevalecen esquemas fraudulentos para evadir la ley como la utilización de sociedades cooperativas, sindicatos blanco y planes privados de pensiones. En lugar de brindar sueldos dignos y que alcance para lo más elemental como surtir la canasta básica en nuestros hogares, se paga a los trabajadores a través de prestaciones, como vales de restaurantes, de despensa, de gasolina, fondos de ahorro, bonos de puntualidad y asistencia, entre otros. También está el pago por honorarios, asimilables a salarios o prestación de servicios. O el pago a través de fideicomisos educativos, que están libres de impuestos.
Germán de la Garza de Vecchi, socio director de la firma de abogados laborales Fisher Phillips México, sostiene que se siguen perpetuando prácticas fraudulentas y simuladas de ese tipo en empresas mexicanas.
Supervisiones de la STPS vs la tentación de la subcontratación
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social está poniendo la lupa en el cumplimiento de las disposiciones que prohíben la subcontratación de personal, por lo que realizará 32 mil inspecciones para vigilar las condiciones laborales en las empresas y en muchas de ellas se pondrá énfasis en el tema del outsourcing.
“Identifico un crecimiento importante de las inspecciones, los grupos que represento han recibido varios de ellos inspecciones, que van dirigidas a condiciones generales de trabajo. Sin embargo, hay otro bloque de inspecciones enfocados al tema de prestación de servicios especializados o al mal llamado subcontratación y este segundo bloque es el que le interesa a la Secretaría del Trabajo”, afirmó De la Garza, quien también es representante de la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH).
Las empresa de subcontratación que no permita la inspección de las autoridades laborales y no presente la información demandada, puede hacerse acreedora de una multa de hasta 448 mil 100 pesos. Se espera que este año, 89 mil 735 empresas inscritas en el Padrón Público de Contratistas renueven su registro en el REPSE (Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas).
De la Garza añadió que hay empresas que están dentro de la ley, pero otras que camuflan supuesta prestación de servicios y no cumplen con los requisitos que pide la ley. “Es una realidad que en el mercado hay mucha tentación por utilizar estos esquemas. Hay sectores donde está latente, sobre todo servicios de seguridad, servicios de limpieza, es ahí donde están este tipo de prácticas”, afirmó el experto.