Senado aprueba que trabajadores descansen sentados durante su jornada laboral

IG. RUNA HR

Con la “Ley Silla”, los empleadores tendrán que proporcionar asientos adecuadas para ello

En el Senado de la República se aprobó la llamada “Ley Silla” con lo que se modificaron artículos de la Ley Federal del Trabajo en materia de derecho al descanso. De votarse a favor en la Cámara de Diputados, los trabajadores que se sienten a descansar durante su turno ya no podrán ser sancionados y los patrones en los sectores comercio, servicios y análogos tendrán que proporcionar asientos con respaldo adecuados para hacerlo.

Permanecer durante largas horas de pie en los espacios laborales trae serias consecuencias para la salud de los trabajadores como la fatiga y dolores musculares hasta condiciones de mayor gravedad como la insuficiencia venosa, tendinitis, surgimiento de várices, lesiones en rodillas, lumbalgia y fascitis plantar. Además, la falta de movimiento continuo puede contribuir a una mayor probabilidad de desarrollar enfermedades cardiovasculares y otras complicaciones relacionadas con la postura.

Dichas condiciones precarias se acentúan más en la industria de la moda y las tiendas departamentales donde se prohíbe a los empleados sentarse durante las ocho horas -o más-que dura su turno diario. Ahora podrán sentarse a descansar no más de 40 minutos.

“Al implementar medidas que promuevan el uso de sillas en el lugar de trabajo, no sólo promovemos la salud física y mental de las personas trabajadoras, sino que fomentamos un ambiente laboral más digno”, señala el dictamen que modifica al Artículo 132 de la LFT, en el que se obliga a los patrones a proveer el número suficiente de sillas a sus trabajadores para procurar el descanso periódico durante la jornada laboral. En caso de que las funciones desempeñadas no puedan realizarse de este modo, garantizar tiempos de descanso pertinentes y efectivos.

Multas de 25 mil 935 hasta los 259 mil 350 pesos a empresas omisas

El incumplimiento de dicha obligación será una multa por el equivalente de 250 a 2500 veces la unidad de medida y actualización. Y en caso de reincidencia, a juicio de la Inspección Laboral, se podrá ordenar la suspensión temporal de las actividades, al no cumplir con las acciones necesarias para garantizar los derechos laborales.

“Con esta iniciativa no estamos imponiendo a las empresas una camisa de fuerza, por el contrario, de acuerdo a la actividad se va a determinar si los trabajadores necesitan un periodo de descanso cada determinado tiempo, un nuevo mobiliario o varias medidas”, expresó la senadora Patricia Mercado, de Movimiento Ciudadano (MC).

No poder sentarse durante la jornada laboral es explotación y la vamos a acabar paso a paso”, dijo el consejero nacional de MC, Rodrigo Cordera, al aprobarse la iniciativa en la Cámara Alta.

El senador Napoleón Gómez Urrutia recordó que en materia de legislación del derecho al descanso estamos atrasados 53 años en México, pues la última reforma se hizo en 1970, y que se han retomado acciones recientes de otros países como Chile y Argentina.

La iniciativa pasó a la Cámara de Diputados para ser aprobada en los próximos días.