Depende de 6 ministros de la SCJN el cumplimiento de la Ley General Antitabaco ante casi 2 mil amparos de la industria tabacalera

De 2023 a la fecha, más de la mitad de esos amparos no fueron admitidos y 150 están en revisión en la Segunda Sala, donde seis ministros se encuentran en la encrucijada de defender la salud de los mexicanos o ceder ante la industria tabacalera, cuyos productos matan al año a 63 mil mexicanos, afirman organizaciones civiles

La Organización Mundial de la Salud (OMS) y sus socios alrededor del mundo celebran el 31 de mayo el Día Mundial sin Tabaco para hacer conciencia sobre los efectos mortales del consumo del cigarrillo, las consecuencias a la salud de los no fumadores y desalentarlo de cualquier forma.

El tabaquismo es de las principales causas de muerte en el mundo y es completamente prevenible. Y mientras que el tabaquismo se encuentra en descenso en países con altos ingresos, “el crecimiento constante de la población y las campañas de comercialización agresiva de la industria tabacalera han llevado a que el consumo de tabaco siga aumentando en los países en desarrollo. Si las tendencias actuales continúan al alza, para el año 2030 el tabaco matará a más de ocho millones de personas cada año”, de acuerdo con la organización Salud Justa Mx.

Los mexicanos y el tabaquismo

En México, 16 millones de personas de 20 años y más son fumadoras, es decir, el 19.1 por ciento de la población adulta. De dicha cifra, los que más fuman son los hombres, con una prevalencia de 29.6 por ciento: 11 millones 947 mil 636, y de 9.4 por ciento en mujeres: 4 millones 149 mil 155, según la Encuesta Nacional de Salud (ENSANUT 2021).

El mayor número de fumadores se concentran en el Estado de México y la Ciudad de México. De manera paralela, cerca de 20 millones de mexicanos no fumadores se encuentran expuestos al humo de segunda mano (HSM) en lugares de trabajo, bares, restaurantes, parques, calles, transporte público y paradójicamente en los sitios privados (hogares y autos particulares).

En nuestro país, cada año se presentan 63 mil muertes prematuras atribuibles al consumo del tabaco, representando el 10 por ciento del total de los decesos, principalmente por enfermedades crónicas no transmisibles, cuya atención se convierte en una carga económica que asciende a más de 116 mil millones de pesos anuales para el sistema de salud.

Del 2000 al 2020, la epidemia se ha transformado, los fumadores diarios consumen en promedio seis cigarros al día y el patrón de consumo predominante es el ocasional. Focalizada entre los sectores más vulnerables: adolescentes, mujeres y grupos de menor ingreso económico.

Cerca de un millón de adolescentes de entre 10 y 19 años fuman, y dos millones han experimentado fumar cigarros con cápsulas de sabor.

De acuerdo con la Secretaría de Salud, la publicidad más agresiva de los productos de tabaco, de los cigarrillos electrónicos y de otras industrias relacionadas, en muchos casos está dirigida a los niños y jóvenes.

Si bien la epidemia se distribuye proporcionalmente en todos los quintiles de ingreso, hay cinco millones de fumadores pobres que no tendrán capacidad para afrontar las consecuencias negativas que impone el tabaquismo a los individuos y sus familias, de acuerdo con el documento Retos de la Implementación de la Ley General para el Control del Tabaco y su Reglamento 2023, elaborado por la organización civil Salud Justa Mx: https://saludjusta.mx/

Disparidad de criterios para otorgar amparos por parte del Poder Judicial

Bajo la consigna “Frente a los Amparos, No Guardemos Silencio. Tu Salud Vale Más que Sus Ganancias”, Salud Justa Mx presentará ante los ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mediante la figura jurídica Amicus Curiae, argumentos e informes técnicos en favor del cabal cumplimiento del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, frente al cual, la industria tabacalera ha presentado más de mil 700 amparos para incumplir con la disposición de espacios 100 por ciento libres de humo y emisiones de tabaco.

El coordinador jurídico de Salud Justa Mx, Maximiliano Cárdenas, apuntó que la Segunda Sala, de la SCJN, integrada por los ministros Luis María Aguilar Morales, Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama tiene en sus manos la defensa de la salud de todos los mexicanos si decide no otorgar los amparos interpuestos contra la nueva Ley General para el Control del Tabaco, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2022.

Salud Justa Mx ha observado que más de la mitad de esos mil 700 amparos no fueron admitidos, y solo en uno de cada diez casos se le dio la razón a la industria tabacalera en primera instancia.

“En los casos ya resueltos, se denota disparidad de criterios en el Poder Judicial, pues prácticamente se han resuelto la misma cantidad a favor del reglamento, y la misma en su contra”.

Actualmente continúan en litigio más de 150 recursos de revisión en el Poder Judicial de la Federación.

Yahaira Ochoa, integrante de Salud Justa Mx, expresó: “Pedimos a la Suprema Corte que defienda el ejercicio de nuestro derecho a la salud, pues tales amparos perjudicarán a los mexicanos quienes seguirán estando expuestos al humo y las partículas de tabaco, así como a las emisiones de los nuevos productos electrónicos que suministran nicotina o calientan tabaco. Los promoventes de esos amparos apoyan a una industria que mata a más de la mitad de sus consumidores; tan sólo en nuestro país, mueren al año más de 63 mil personas por enfermedades asociadas al tabaquismo”.

Juan Núñez Guadarrama, coordinador de la Coalición México Salud-Hable, afirmó que todas las organizaciones adherentes a la coalición esperan una actitud firme y una conducta patriótica de las ministras y los ministros para proteger la salud de toda la población.

“No olvidemos la gran lección que nos dejó la pandemia de COVID 19: sin salud se cae la economía y se trastorna el bienestar y la convivencia de todas y todos”, puntualizó.

La Ley General para el Control de Tabaco se encarga de regular lo relativo al consumo y protección contra la exposición al humo de tabaco. Prohíbe fumar, consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco y nicotina en los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, en los espacios cerrados, los lugares de trabajo, el transporte público, espacios de concurrencia colectiva, las escuelas públicas y privadas en todos los niveles educativos y en cualquier otro lugar con acceso al público que en forma expresa lo establezca la Secretaría de Salud; en los cuales se fijará en el interior y en el exterior los letreros, logotipos y emblemas que establezca la mencionada dependencia.

Asimismo, prevén la posibilidad de que puedan existir zonas exclusivamente para fumar en espacios al aire libre. De conformidad con las disposiciones que establezca la Secretaría de Salud.

En tanto que el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco fija los lineamientos que deberán observar las personas propietarias, administradoras o responsables de los espacios cien por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, así como para establecer las zonas exclusivamente para fumar a que se refiere la ley.

Concretamente el artículo 60 señala que las zonas exclusivamente para fumar deberán ubicarse sólo en espacios al aire libre, previendo que en ellas está prohibido brindar la prestación de cualquier servicio o consumo de alimentos, bebidas o entretenimiento, entre otros, así como llevar a cabo actividades sociales o de esparcimiento y las características que deberán reunir.

En 2023 otorgaron amparos a los Oxxo y 7Eleven

Al entrar en vigor el Reglamento de la LGCT el 15 de enero de 2023, la industria tabacalera y sus aliados —cámaras de comercio, industria restaurantera y turística, tiendas de conveniencia— comenzaron a presentar amparos. Tan solo en la Ciudad de México, Nuevo León, Coahuila, Querétaro, Quintana Roo, Morelos, Guanajuato, Puebla y el Estado de México, se presentaron mil 924 amparos en contra del reglamento.

Salud Justa Mx puntualizó el principal argumento de la industria tabacalera y sus aliados fue el presunto daño económico y la supuesta afectación a la libertad de comercio. El presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco Servytur) estimó que con la entrada en vigor del reglamento, el sector restaurantero era el más afectado, al perjudicar a aproximadamente el 50 por ciento del total de los restaurantes.

Arguyó que muchos de los negocios habían invertido en fechas recientes en la adecuación de espacios y terrazas para fumar y las restricciones del reglamento les ocasionaban una baja de clientes importante, calculando que alrededor de 1.5 millones de unidades económicas habían sido perjudicadas por esta medida.

La organización civil encontró la disparidad de criterios que se aplican en los juzgados de distrito. “Se ha detectado principalmente esta disparidad al momento de conceder las suspensiones provisionales y definitivas: Por ejemplo, el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León concedió la suspensión definitiva a las tiendas de conveniencia Seven Eleven.

Caso distinto es el del Juzgado Sexto de Distrito en materia administrativa en Querétaro, que negó la suspensión a las tiendas de conveniencia Súper Q”.

Las tiendas Oxxo, filial del grupo FEMSA, consiguieron la suspensión definitiva del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco gracias al fallo del Juzgado Segundo de Distrito de Nuevo León, en ese sentido, de 200 establecimientos de la Comarca Lagunera de Durango se retiraron las restricciones y se pudieron seguir exhibiendo las cajetillas de cigarros a la vista del público en general.

Y el de WalMart, cuya suspensión fue negada por el Juzgado Décimo Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México.

“Las tiendas Oxxo, 7Eleven y otras cadenas de puntos de venta, así como diversos restaurantes y casinos, entre otros establecimientos, han lacerado la protección de la reforma por la vía de amparos concedidos por jueces de dudosa integridad, quienes han argumentado hasta con iniciativas que ya fueron rechazadas en el pasado por el Congreso federal para justificar sus resoluciones”, sostiene la organización civil.

Salud Justa Mx, junto con otras organizaciones civiles, monitorea los juicios interpuestos y analiza “con lupa los argumentos de los jueces que dictan suspensiones provisionales o definitivas, para exhibir públicamente a dichos juzgadores“.