Con autogobierno y deficiente, el sistema carcelario mexicano

En lo que hace a las cárceles de jurisdicción estatal, los llamados Centros de Readaptación Social (CERESOS), una de las principales deficiencias encontradas “es la falta de programas para la prevención de adicciones y de desintoxicación voluntaria, prevalecen deficiencias en las condiciones materiales y de higiene de las instalaciones para alojar a los internos en las áreas del Centro de Observación y Clasificación (COC), dormitorios, sancionados, sujetos a protección, cocina y comedor”.

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El sistema penitenciario mexicano es deficiente: en la mayoría de las cárceles no se cuenta con programas de readaptación social, existe hacinamiento, el personal de custodia no es suficiente y abundan las condiciones para la persistencia de grupos de autogobierno.

De acuerdo al Diagnóstico Nacional de Supervisión Carcelaria 2024, que en breve dará a conocer la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), uno de los mayores riesgos que presentan las cárceles, principalmente las estatales, es la insuficiencia de procedimientos establecidos para evitar incidentes como riñas, lesiones, fugas, homicidios o motines.

En lo que hace a las cárceles de jurisdicción estatal, los llamados Centros de Readaptación Social (CERESOS), una de las principales deficiencias encontradas “es la falta de programas para la prevención de adicciones y de desintoxicación voluntaria, prevalecen deficiencias en las condiciones materiales y de higiene de las instalaciones para alojar a los internos en las áreas del Centro de Observación y Clasificación (COC), dormitorios, sancionados, sujetos a protección, cocina y comedor”.

En la mayoría de las cárceles que manejan los gobiernos estatales, es evidente la falta de manuales de procedimientos de ingreso, traslado de internos, motín, uso de la fuerza, para solicitar audiencia con las autoridades, presentar quejas, pedir visita íntima, familiar, así como para la revisión de visitantes, de estancias, y una deficiente difusión de la normatividad que rige el Centro hacia los internos.

“En 71 centros de los visitados se pudo observar un deficiente control en el ejercicio de las funciones de autoridad por parte de los servidores públicos, en actividades productivas, educativas y deportivas, de alimentación, mantenimiento y limpieza, así como el control del ingreso de visitas, tanto familiar como íntima, uso de los teléfonos y de la seguridad, situación que vulnera el control que debe tener la autoridad sobre el Centro, favoreciendo la violencia dentro del mismo”, dice el diagnóstico.

También se ha reconocido la existencia de –solo en algunas cárceles estatales- de áreas de privilegios, así como la presencia de objetos y sustancias prohibidas y de internos que ejercen control mediante la violencia sobre el resto de la población. En muchos casos, los grupos de autogobierno son tolerados por la autoridad penitenciaria local.

En las cárceles estatales, de acuerdo siempre a la CNDH, existe una deficiente distribución de los internos, lo que aunado a la sobrepoblación da como resultado que en una parte importante de centros exista hacinamiento, con áreas que rebasan de manera importante su capacidad, “es decir, que en áreas donde deben convivir cuatro internos, se encuentran hasta 30”.

Otra de las deficiencias encontradas durante la evaluación de las condiciones que prevalecen en las cárceles estatales es la que tiene que ver con el exceso de autoridad penitenciaria, principalmente en lo relativo a la aplicación de sanciones disciplinarias a los internos.

“Existen deficiencias en cuanto al respeto del derecho de audiencia, la certificación de integridad física, la falta de notificación al interno y sus familiares, y la falta de atención adecuada por parte de las áreas técnicas y del servicio médico del Centro durante la aplicación de la sanción”.

El principal problema de las cárceles federales, dice el diagnóstico de la CNDH, es el hacinamiento, y la no clasificación entre internos procesados y sentenciados, así como la falta de vinculación entre el internos y la sociedad, lo que surge a partir de la negativa constante para que el preso tenga acceso a la visita familia y/o a la comunicación telefónica con sus familias.

Además, por primera vez, se reconoce que en las cárceles federales “existen deficiencias en las acciones para atender y prevenir incidentes violentos”, lo que demerita el carácter de “máxima seguridad” en el que están clasificados los centros federales de readaptación social.

De acuerdo a la CNDH, en seis de los centros visitados, el día de la supervisión “se observó sobrepoblación, así como deficiencias en las condiciones materiales e higiene de las instalaciones para alojar a los internos”. También se observaron deficiencias en la integración de los expedientes técnico jurídico de los internos procesados y sentenciados.

Las cárceles federales no se escapan a las observaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; “la situación más recurrente que se detectó es la relativa a la falta de actividades laborales y de capacitación para el trabajo, que dificulta la adecuada reinserción social” de los internos.

No todo es malo

El informe sobre el diagnóstico de las cárceles reconoce que no todo lo hallado dentro de las prisiones, durante el periodo de evaluación, es malo. También hay algunos avances que se han observado en relación al diagnóstico del año inmediato anterior.

En relación a las cárceles estatales, se encontró que 96 de las 130 penitenciarias existe una adecuada integración y funcionamiento del Consejo Técnico Interdisciplinario (CTI), el que se encarga de evaluar las medidas disciplinarias y valora el estado de reintegración social de cada uno de los internos.

En 70 cárceles estatales los CTI han logrado avances importantes para mejorar las acciones relacionadas con los beneficios de libertad anticipada; en 61 cárceles se encontraron mejoras en cuanto a la clasificación de los internos; en 57 de ellos se vieron aceptables condiciones materiales e higiene de los talleres y áreas deportivas, y en 56 cárceles se encontró una mejor área médica.

Las mejoras carcelarias que reconoce la CNDH también han tocado a las cárceles federales. Aunque paulatino, pero en los CEFRESOS visitados se encontró un significativo avance en la clasificación de los internos, así como en la integración y funcionamiento del Consejo Técnico Interdisciplinario; en 17 cárceles federales se reconocen adecuadas condiciones materiales y de higiene en el área médica.

Respecto a las cárceles militares, la CNDH encontró que el número de internos es el adecuado en relación con la capacidad instalada de la cárcel, así como en lo relativo a la prevención y atención de incidentes violentos. Las condiciones materiales y de higiene del área médica, de la cocina y comedores, de las instalaciones para la comunicación con el exterior, de la alimentación y en la integración y funcionamiento del Consejo Técnico Interdisciplinario, son las óptimas.

Ceresos, mucho por hacer

Durante la evaluación que hizo la CNDH a las cárceles estatales, se evaluaron aspectos como condiciones que garanticen la integridad física y moral del interno, aspectos de una estancia digna, condiciones de gobernabilidad y condiciones para la reinserción social del recluso. Ninguna cárcel estatal cumplió al cien por ciento los renglones evaluados.

 En la escala del uno al diez, las cárceles de Guanajuato fueron las mejor ponderadas, con un 8.02 de calificación. Las cárceles que se ubicaron entre el 7.75 y el 7.12 de calificación son las de los estados de Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Tlaxcala, Coahuila y Querétaro, en ese orden.

Con calificaciones que van del 6.90 al 6.14 se encuentran las cárceles de Jalisco, Distrito Federal, Veracruz, Puebla, Estado de México, Sal Luis Potosí, Zacatecas, Sonora, Yucatán, Morelos, Michoacán y Durango, donde la constante fue la deficiencia en los procedimientos para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos.

Los estados que tienen las peores cárceles del país, que lograron calificaciones reprobatorias que van del 5.93 al 4.11, son Campeche, Colima, Nuevo León, Sinaloa, Oaxaca, Baja California Sur, Tamaulipas, Chiapas, Tabasco, Hidalgo Guerrero, Quintana Roo y Nayarit, en donde se encontraron deficiencias en el proceso para la imposición de las sanciones disciplinarias y un desmedido ejercicio de funciones de autoridad, por parte de grupos de internos.

Ceferesos, con mínima, pero aprobados

De acuerdo al Diagnóstico Nacional de Supervisión Carcelaria, las cárceles federales, aunque con observaciones, alcanzan a rebasar la calificación mínima aprobatoria, en donde la principal falta encontrada fue la incomunicación a la que se somete a los internos, así como la falta de actividades recreativas y la reclusión prolongada dentro de la celda.

Las cárceles federales peor calificadas son el Centro Federal de Readaptación Social No. 9 Norte, de Ciudad Juárez, Chihuahua con apenas un 6.63; el Centro Federal de Readaptación Social No. 11, de Hermosillo, en Sonora con 6.74; el Centro Federal de Readaptación Social Femenil Noroeste en Nayarit con 6.81 y el Centro Federal de Readaptación Social No. 4 Noroeste, de Nayarit con un 6.99 de calificación.

Autogobierno, la tendencia

A veces por omisión de la autoridad penitenciaria, aunque no se descarta tampoco la corrupción, pero en por lo menos 71 cárceles estatales del país, existen grupos de autogobierno, en donde grupos de internos realizan o participan en actividades propias de la autoridad, así lo revela el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria.

De acuerdo a la CNDH, el autogobierno se asoma en el Centro de Reinserción Social La Paz, de Baja California; en el Centro de Readaptación Social de Ciudad del Carmen, en Campeche; el en Centro de Reinserción Social de San Francisco Kobén, en el Centro Estatal de Reinserción Social de Sentenciados de Tapachula, en el Centro Estatal de Reinserción Social de Sentenciados en San Cristóbal de las Casas y en el Centro Estatal de Reinserción Social No. 14 “El Amate”, en Chiapas.

También existe autogobierno en el Centro de Reinserción Social Estatal No. 3 Ciudad Juárez, en Chihuahua; en el Centro Penitenciario Varonil Saltillo, el Centro Penitenciario de Torreón, en Centro Penitenciario Varonil Piedras Negras, en Coahuila; en el Reclusorio Preventivo de Tecomán, en Colima; en el Reclusorio Preventivo Varonil Oriente, Reclusorio Preventivo Varonil Norte, Reclusorio Preventivo Varonil Sur, en el Centro Femenil de Readaptación Social Santa Martha Acatitla, y en la Penitenciaría de Santa Martha, en el Distrito Federal.

La lista sigue con el Centro de Reinserción Social No. 1 de Durango; Centro Regional de Readaptación Social de Acapulco, el Centro Regional de Readaptación Social de Chilpancingo de los Bravo, el Centro Regional de Reinserción Social Iguala, Centro de reinserción Social Taxco de Alarcón, en Guerrero; el Centro de Reinserción Social de Pachuca, el Centro de Reinserción Social de Tula de Allende, el Centro de Reinserción Social de Actopan y el Centro de Reinserción Social de Tulancingo, en Hidalgo.

En Jalisco, los cárceles con autogobierno son: Comisaría de Prisión Preventiva, Comisaría de Sentenciados e Inspección General de Reclusorios Zona Sur de Ciudad Guzmán; en el Estado de México, las cárceles que tienen al menos un sector en manos de los internos son, el Centro Preventivo y de Readaptación Social de Ecatepec “Dr. Sergio García Ramírez”, el Centro Preventivo y de Readaptación Social Nezahualcóyotl Bordo de Xochiaca, el Centro Preventivo y de Readaptación Social Chalco, el Centro Preventivo y de Readaptación Social de Santiaguito, el Centro Preventivo y de Readaptación Social “Lic. Juan Fernández Albarrán” en Tlalnepantla de Baz, y el Centro Preventivo y de Readaptación Social de Cuautitlán.

También el estado de Michoacán tiene cárceles con autogobierno, de acuerdo a la CNDH; allí se destacan el Centro de Reinserción Social, “Lic. David Franco Rodríguez” (Mil Cumbres) y el Centro de Readaptación Social, “Lic. Eduardo Ruiz” de Uruapan.

El autogobierno de los internos también distingue a la Cárcel Distrital de Cuautla y el Centro de Reinserción Social del estado de Morelos; así como el Centro de Rehabilitación Social Venustiano Carranza, la Cárcel Pública Municipal de Bahía de Banderas de Nayarit; el Centro de Reinserción Social Apodaca, el Centro de Reinserción Social Cadereyta, el Centro Preventivo y de Reinserción Social Topo Chico, en Nuevo León.

En el estado de Oaxaca la Penitenciaría Central del Estado también tiene su grupo de control interno, igual que el Centro de Reinserción Social de Puebla y el Centro de Reinserción Social Querétaro; en Quintana Roo las cárceles en manos de los presos son el Centro de Reinserción Social Benito Juárez de Cancún, el Centro de Reinserción Social de Chetumal y el Centro de Retención Municipal Solidaridad.

También se menciona al Centro de Reinserción Social de San Luis Potosí, el Centro de Ejecución de las Consecuencias Jurídicas del Delito de Culiacán, el Centro de Ejecución de las Consecuencias Jurídicas del Delito Los Mochis y el Centro de Ejecución de las Consecuencias Jurídicas del Delito Mazatlán, en Sinaloa, además del Centro de Readaptación Social Ciudad Obregón, el Centro de Readaptación Social Hermosillo 1, el Centro de Readaptación Social Hermosillo 2 y el Centro de Readaptación Social Nogales Varonil, de Sonora.

Otras cárceles con autogobierno son el Centro de Reinserción Social Huimanguillo, el Centro de Reinserción Social de Cárdenas, el Centro de Reinserción Social Comalcalco y el Centro de Reinserción Social del Estado, en Tabasco; el Centro de Ejecución de Sanciones Matamoros, el Centro de Ejecución de Sanciones Reynosa y el Centro de Ejecución de Sanciones Nuevo Laredo, en el estado de Tamaulipas.