Modifican Ley de Biodiversidad; permitirá Minería a cielo abierto en Áreas Naturales

Otro punto que favorece a la industria extractiva en su intención no solo de devastar la tierra, sino de consumir el agua disponible, es el que se señala en el artículo 211 de la Ley General de Biodiversidad que dice que “el Ejecutivo Federal podrá decretar Zonas de Desarrollo Integral Sustentable” en aquellas áreas afectadas por actividades productivas, y refiere que se deberá especificar claramente superficie y ubicación de los daños, pero en ningún momentos habla de suspender actividades a las empresas que afecten al entorno, el agua y la vida silvestre de las Áreas Naturales Protegidas

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